Habiéndose establecido que la solicitud fue realizada dentro del lapso previsto en el artículo 79 de la Ley Sobre el Derecho a Una Vida Libre de Violencia, este Tribunal de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Control N° 1, Audiencias y medidas del Circuito Judicial penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda OTORGAR PRORROGA DE NOVENTA (90) DIAS, solicitada por la Fiscalia Primera del Ministerio Publico, en la investigación N° D21-2413-2011, donde aparece como investigado JESUS DIAZ, y como victimas ROSARIO ANGEL MARIA EUGENIA, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 12.540.657, residenciada en el Pensil, entrada La Pizzería, parte baja, casa sin, a una cuadra de la Bodega del señor Carlo, Valera Estado Trujillo y ABREIJ ELSY JOSEFINA, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 39 Y 42, de la Ley Orgánica sobre .....