En consecuencia corresponde a este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictar las siguientes consideraciones: PRIMERO: Admitida la Acusación presentada y las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, en contra del ciudadano MARTIN JOSE BASTIDAS BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nº 9.159.795, nacido en fecha 03-03-1964, natural de Tirandai Bocono de 45 años de edad, grado de instrucción Cuarto Nivel, divorciado, venezolano, trabajo en la Jubilado, hijo de Espíritu Bastidas y Rosas De Bastidas, residenciado en: Barzalito 2, casa n 18, vereda 23, Bocono estado Trujillo, quien manifestó: "no voy a declarar es todo", por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en los artículos 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio la .....