Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA a la Fiscalía Novena del Ministerio Público del Estado Trujillo, una PRÓRROGA de NOVENTA (90) días para que de término a la Nº D21-F09-4580-2010 (280), iniciada el 20-05-2010, por denuncia interpuesta por la ciudadana: ANGULO YAJAIRA, en contra de FREDDY TORRES VILLAMIZAR, en agravio de la adolescente:, por el delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, de conformidad con el artículo 79 de la misma Ley Especial, contados a partir del vencimiento de los cuatro meses a que se refiere la Ley Especial. Notifíquese al Fiscal Solicitante.
La Juez del Tribunal de Control Audiencia y Medidas Nº 01 (T)
Yrliana David Carmona .....