Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo,, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, se REVOCA la Suspensión Condicional del Proceso y, en consecuencia se CONDENA al ciudadano JORGE LUIS BARRIENTOS CASTELLANOS, titular de la cedula de identidad N° 25.882.577, natural de Trujillo estado Trujillo, de 23 años de edad, nacido en fecha 02/12/1985, soltero, ocupación Albañil, hijo de Ramón Barrientos y Rosa Maria Castellanos, residenciado en la Paramito Caliente a 300 metros de la escuela Granja el Zapatero Parroquia Panamericana Municipio Carache en el estado Trujillo, a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, a saber, inhabilitación política mien.....