DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de CEGARRA UMBRIA JONNY JOSE, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 9170240, y Residenciado La Paz de Cuicas, San Juan Parroquia Cuicas Estado Trujillo, por el delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA previstos y sancionados en el artículo 20 de Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, cometido en agravio de UMBRIA RAMONA, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 2273527, de 63 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Obrera y Residenciada Japaz de Cuicas, cerca del abasto San Juan, Ramal de Cuicas, Carache, Estado Trujillo, por no existir la posibilidad de incorporar nuev.....