En razón de los motivos especificados y detallados este tribunal al tener conocimiento de lo sucedido, en base a las resultas de las notificaciones de los llamados del Tribunal, lo ajustado a derecho es ordenar la aprehensión del ciudadano ANDERSON CEGARRA, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.900.115 (No porta), fecha de nacimiento 6-11-1987, de 21 años de edad, estado civil soltero, de ocupación u oficio Obrero, grado de instrucción Cuarto Grado, Hijo de Nancy Cegarra y Padre desconocido, residenciado en: Sector Mucuche, calle Principal, frente al taller mecánico del Señor Pancho, como a 20 metros de la cancha, casa (no se me el número), de color amarilla, Mucuche, Estado Trujillo, por la presunta comisión del delito VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en los artículos 41 primer aparte, 42 segundo aparte y 50 encabezamiento de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana M.....