Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de JESUS SALVADOR ROMAN OCANTO, venezolano, nacido en fecha 24-07-1954, cedula de identidad Nº V-4.316.103, de 56 años de edad, casado, hijo de Francisco Antonio Román y Maria Melania Ocanto, residenciado en el sector bella vista, calle sucre, casa numero 110, Tocuyito, Municipio Libertador, Estado Carabobo, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en agravio de MERCEDES OFELIA ROMAN OCANTO, venezolana, nacida en fecha 20-05-1947, cedula de identidad Nº V-4.316.556, de 63 años de edad, soltera, de profesión u oficio de.....