DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIÓN DE JUICIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: plantear el CONFLICTO DE NO CONOCER, de conformidad con el artículo 79 del Código Orgánica Procesal Penal, en la causa seguida a la ciudadana: ARELIS JOSEFINA BETANCOURT NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.207.471, residenciada en el Cerro Alegre, C/S.Nº, de color verde, subiendo por el Cementerio, Municipio Pampanito, Estado Trujillo, en perjuicio de las ciudadanas: REINA SORAIDA VALERA LOZADA Y RUDIMAR BEATRIZ PERNALETE NUÑEZ, identificadas en autos, por la presunta comisión del delito de e VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. Se ordena remitir copia certificada de la presente dec.....