DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA de conformidad con lo establecido del articulo 366 del C.O.P.P. al ciudadano ANTONIO RAMÓN ARTIGAS BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.925.578, Venezolano, de 20 años, nacido en fecha 06/01/1990, natural de Trujillo, de ocupación Vigilante, hijo de Antonio Ramón Artigas (+) y Rosangela Briceño de Artigas, estado civil soltero, Residenciado en el CALLE 10, CINCO CUADRAS MAS ABAJO DEL TERMINAL, CASA DEL SEÑOR PULIDO, CASA COLOR ROJA DE PLATABANDA, TIENE UN ESTACIONAMIENTO DONDE FUNCIONA UN TALLER, CERCA DE UN ABASTO, FRENTE A UNA CHARCUTERÍA, SABANA DE MENDOZA, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA previsto y sancionado en los Artículos 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de MARIA DE LOS ANGELES SIMANCAS LINARES, quedando el acusado en.....