Este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: Primero: DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD: PRIMERO: al ciudadano JOSE DANIEL CONTRERAS CHIRINO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7691152, natural de maracaibo, nacido el 10-01-61, soltero, de 47 años de edad, ocupación Obrero, hijo de José Contreras (+) y Fermina Chirino, con 3er grado de instrucción, residenciado en Los Teques Sector El Crují, sector La Laguna, frente a la chancha, casa de color rosada de rejas, de dos plantas, de la Sra. "Dioselina Dávila" Caracas, teléfono 02128152349; por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en el artículo 17 de la ley sobre la Violencia contra la mujer y la familia, en agravio de YOHANA CAROLINA RIOS, de conformidad con el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 251 ordinal 4 eiusdem. SEGUNDO: Se ordena l.....