Por los fundamentos anteriormente expuestos éste TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE JUICIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Evidenciado el cumplimiento cabal y total de las condiciones que le fueron impuestas en su oportunidad y finalizado el Régimen de Prueba, oídas las partes de conformidad con el artículo 45 y 318 ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano RAMIREZ ARAUJO HERMIS JOSE, VENEZOLANO CON CEDULA DE IDENTIDAD 10.912.309, NACIDO EL 20-11-69, hijo de JOSE ANTONIO RAMIREZ Y MARIA FILOMENA ARAUJO,quien es Técnico de Rectificación de Motores Mecánico industrial, residenciado en : La Floresta Urbanización Don Rómulo Betancourt (LOS SIN TECHOS), por la entrada de San Miguel casa Nº 111, al lado de una iglesia evangélica, y la dirección del Trabajo es La Floresta, sector los bambúes entrando al sector la paz, al lado de la p.....