Con lugar la demanda de divorcio presentada por la ciudadana DAMNY MARBETH MONTILLA BENITEZ contra el ciudadano JOHN NELSON ARRIETA ZAPATA con fundamento en la causal segunda del Articulo 185 del Código Civil Venezolano, y en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal que los unía, a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.