En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo declara:
UNICO: INADMISIBLE IN LIMITE IN LITIS, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano FRANCISCO ALIRIO TORRES ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.631.605, asistido por su Apoderada Judicial Abogada en ejercicio ELIZABETH QUINTERO MONTAÑA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el 165.633, en contra del ciudadano RAFAEL SIMON URDANETA URDANETA, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.510.118. Así se decide.