En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de ACCIÓN POSESORIA POR PERTURBACIÓN, intentado por el ciudadano RUBEN DARIO BARRETO, titular de la cédula de identidad número 5.755.403, representado por la Abogada en ejercicio LORENNYS GODOY MARTÍNEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 73.750, en contra de los ciudadanos LUIS EMIRO BRICEÑO ARAUJO, MARIA AUXILIADORA ARAUJO UZCATEGUI, CARMEN INES ARAUJO UZCATEGUI y GLADIS TERESA ARAUJO UZCÁTEGUI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 4.313.758, 5.756.095, 3.522.176, 12.722.734, respectivamente; sobre un lote de terreno ubicado en el sitio denominado el Coloradito, Finca la Montañita, Vía monumento a la Paz, Parroquia Chiquinquirá, Municipio Trujillo del Estado Trujillo, con lo.....