Habiendo incurrido este Tribunal en una omisión que amerita la nulidad de la actuación al estado de realizar la notificación del Alcalde del Municipio Bocono del Estado Bolivariano de Trujillo, en concordancia con lo establecido en el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, quien aquí suscribe: DISPONE: 1) Se decreta la nulidad de la actuación que riela al folio 163, manteniendo incólume las actuaciones posteriores a dicho auto, por cuanto cumplieron su fin, asimismo se acuerda solo remitir lo relativo al oficio respectivo de notificación, por cuanto las respectivas copias deben cursar en dicho despacho de alcaldía. Líbrese Boletas de Notificación.
Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ
Abg. GIOVANNA GODOY.
SECRETARIA
En la misma se libro el.....