ahora bien, por cuanto la citación implica un acto procesal complejo mediante el cual se emplaza al demandado para que de contestación a la demanda constituyendo a su vez un acto formal necesario para la validez del juicio y es además garantía esencial del principio del contradictorio, pues por un lado la parte queda a derecho; y por otro cumple con la función comunicacional de enterar al demandado que se ha iniciado un juicio en su contra y del contenido del mismo; a su vez es necesario advertir que a pesar que un profesional del derecho tenga facultades para darse por citado en nombre de su representado no puede librarse la citación personal en su nombre, revistiendo tales actuaciones el carácter de orden publico y que necesariamente debe materializarse la citación personal, y en caso de no practicarse la misma se procederá con las formas de citación que el procedimiento ordinario agrario regula desde el articulo 201 al 203 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en consecuencia .....