PRIMERO: Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), a favor del ciudadano Nelson Manuel Bastidas Palma, propietario de una unidad de producción denominada "LA ESPERANZA II", venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.896.065, de conformidad con lo establecido en los artículos 937 del Código de Procedimiento Civil, y 66 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el artículo 1 literal "c" de la resolución conjunta de los Ministerios del Poder Popular para la Agricultura y Relaciones Interiores Justicia y Paz, publicada en Gaceta Oficial N° 40.421 de fecha 28 de Mayo de 2014; sobre un conjunto de mejoras y bienhechuras representadas por: A) cultivo de musácea (plátano) en producción en buenas condiciones fitosanitarias en una superficie aproximada de una hectáreas con cinco mil metros cuadrados (1 has con 5000 mts2), B) cultivo de lechosa de la variedad criolla en etapa de desarrollo y crecimiento en buenas condiciones fitosanitarias en una sup.....