En relación a esta segunda prueba de informes mediante la cual la parte demandada opone como cuestión previa el Ordinal 5to del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, y en tal sentido solicita se oficie al Servicio Administrativo de Identificación y Extranjería (SAIME), a los fines de que informe los siguientes particulares: 1) Sobre los movimientos migratorios, es decir, fechas y destinos de las entradas y salidas de la República Bolivariana de Venezuela, de la ciudadana ROSALINA SOCORRO MACHADO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 12.694.697, desde el mes de diciembre de 2006, hasta la presente fecha. 2) que informe en el caso, que actualmente no se encuentre en el país la fecha de su última salida hacia el extranjero. 3) que si la ciudadana ROSALINA SOCORRO MACHADO, desde hace varios años se encuentra domiciliada fuera del país; este Tribunal la Admite por no ser ilegal ni impertinente, en consecuencia se ordena librar oficio requiriéndole toda la.....