Por cuanto el Tribunal observa, que en dicha solicitud se incluye las copias fotostáticas de la cédula de identidad y del Acta de Nacimiento de la Adolescente: FRANYELY NAZARETH, quien forma parte de la presente solicitud, la misma tiene una edad de DIECISIETE (17) años hasta la fecha, tal como consta en el acta de nacimiento N° 168, emanada del Registro Civil del Municipio Pampán Estado Trujillo, en tal sentido, conforme a lo establecido en el Artículo 177, Parágrafo Segundo. Literal "K" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, este Juzgado se declara Incompetente por la Materia para conocer de la presente solicitud, declinando la competencia al Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, a quien se acuerda remitir con oficio en la oportunidad de Ley. Y así se decide.
EL JUEZ
ABG. ASDRUBAL PACHECO DELGADO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA.
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