DISPOSITIVA:
Por los argumentos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: REINALDO ALFREDO RUIZ VENEGAS y LISBETH KATIUSKA PEÑA VALECILLOS venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-13.262.282 y V-12.940.500 respectivamente. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído, ante el Concejo Municipal del Municipio Pampán del Estado Trujillo, en fecha diez (10) de junio de 1.999, según se evidencia del acta de matrimonio Nro. 7.
Déjese por Secretaria Copia Certificada del presente Fallo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 248 del Código d.....