DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial Del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento, en consecuencia queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL de los ciudadanos: OSWALDO MANUEL PEREZ TORRES y ANA JACKELINE CALDERA TORRES, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.447.617 y V-18.034.645, respectivamente, domiciliados en el sector, La Guaca, Parroquia Flor de Patria, Municipio Pampán, Estado Trujillo, y que éstos habían contraído en fecha 29-10-2.010, en matrimonio por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Pampán, Municipio Pampán del Estado Trujillo, tal y como se evidencia según en.....