Por los argumentos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO de solicitud de Divorcio fundamentada en el Articulo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: MARIA DEL ROSARIO ARAUJO DE MONTERO y ENRIQUE JOSE MONTERO BECERRA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-5.765.782 y V-5.760.327 respectivamente, domiciliados en el Municipio y Estado Trujillo, en virtud al fallecimiento del cónyuge ENRIQUE JOSE MONTERO BECERRA.
No hay condenatoria en Costas debido a la Naturaleza de la acción.
Déjese por Secretaria Copia Certificada del presente Fallo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
PU.....