Este Tribunal vista las exposiciones de las partes, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Viviendas, y visto el convenimiento celebrado en esta Audiencia de Mediación este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y, conforme a lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte su aprobación homologando dicho convenimiento y se procede como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, absteniéndose el archivo definitivo del expediente hasta tanto se dé cumplimiento con lo convenido por las partes, es todo. Terminó, se leyó y conforme se firma.
EL JUEZ
ABG. ASDRÚBAL JOSÉ PACHECO DELGADO
LA DEMANDANTE
LA DEMANDADA
ABOGADA ASISTENTE DE LA PART.....