Visto el Desistimiento de la solicitud instaurado por la promovente, en fecha 14 de Marzo de 2016, cursante al folio 18 del presente expediente, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, imparte su aprobación, homologando dicho Desistimiento del procedimiento, y se procede como en Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada y se acuerda el desglose, observando que los documentos señalados no son todos originales, en tal sentido, se desglosa los folios de la siguiente manera: 04, 11, 15 y 16, no originales y por ser copias certificadas se dejan copias simples y del los folios 09 y 10, por ser originales déjese copias fotostáticas certificadas por secretaría de conformidad a lo previ.....