En consecuencia de lo anteriormente expuesto y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus VICTOR EDUARDO VILLEGAS ALBARADO, quien falleciera en fecha 13 de Febrero de 2016, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Pampanito del Estado Trujillo, a los ciudadanos: YANETZA DEL VALLE BRAVO COLMENARES, VICTOR ANTONIO VILLEGAS MONTAÑA Y CARMEN RAMONA DEL VALLE ALBARADO PACHECO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-17.596.684, V-4.302.203 y V-4.318.417 respectivamente, la primera de los nombr.....