Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la OBLIGACION DE MANUTENCION, solicitada por la ciudadana: GENESIS CAROLINA DURAN, a favor de sus hijos, en contra del ciudadano: JOEL ENRIQUE MEJIAS TORREALBA, en consecuencia se fija la cantidad de MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.300,oo), mensuales, como Obligación de Manutención y como Bonificación de Fin de Año (Aguinaldos), gastos por medicina, calzado, uniformes, útiles escolares, vestido y otros que se presenten, serán compartidos por ambos padres, es decir, cincuenta por ciento (50%) cada uno.-
Dada, Sellada y Firmada en la Sala del Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Carach.....