En razón de lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda AUMENTAR la OBLIGACION DE MANUTENCION, que el ciudadano ARGENIS ANTONIO MONTILLA BOLIVAR, deberá pasar a su hija MARIANGELIS ALEJANDRA MONTILLA VALERA.
En consecuencia, se fija la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 6.500,oo) mensuales a partir del mes de OCTUBRE 2.016; la cantidad de DIECINUEVE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 19.500,oo) como BONO DE RECREACIÓN 2.016 y la cantidad de DIECINUEVE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 19.500,oo) como BONIFICACION DE FIN DE AÑO (AGUINALDOS) 2.016. Igualmente los gastos de medicina, ropa, calzado y otros que se presenten, serán compartidos por ambos, es decir, cincuenta por ciento (50%) cada uno.
Notifíquese de tal decisió.....