DISPOSITIVA:
Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Rectificación de las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos: JOSÉ POLIDORO CADENA ÁNGEL, JOSÉ DE LOS SANTOS CADENAS ÁNGEL, MARÍA DE LA CRUZ CADENAS ÁNGEL y NARCISA RAMONA CADENAS ÁNGEL.-
SEGUNDO: Queda establecido que en las PARTIDAS DE NACIMIENTO Nros. 237, 286, 109 y 539, correspondientes a los años 1.937, 1.952, 1.954 y 1.956; sea asentada la siguiente NOTA MARGINAL: Que aparezca el nombre de la madre de los solicitantes como: "MARÍA FILOMENA ÁNGEL DE CADENAS".- Quedando en todo caso a salvo derechos a terceros. De conformidad a las disposiciones legales, acuerda remitir sendas copias certificadas al Registrador Civil del Municipio.....