Por todos los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOCONO Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO de los ciudadanos: MANUEL ANDRÉS DEL VILLAR MEJÍA y MARÍA EUGENIA TORRES BRICEÑO plenamente identificados y QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los mismos habían contraído en fecha 13 de Junio del año 2011 contrajeron Matrimonio Civil por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Boconó, Estado Trujillo, según Acta N° 31. ASÍ SE DECLARA. Déjese por Secretaria copia certificada del presente fallo, de acuerdo con lo establecido en el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.- Así mismo, expídanse sendas copias certificadas de esta sentencia que fueren menester a los interesados y remítanse en .....