Es por las razones antes expuestas este Tribunal NIEGA LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por la parte actora por cuanto el inmueble sobre el cual fue solicitada se encuentra hipotecado según consta en el título de propiedad que cursa en autos, sin que exista prueba de la liberación de la hipoteca. Así se decide.-
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Mendoza Escalante.
El Secretario Temporal,
Abg. Jesús Plaza.