DISPOSITIVA:
Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano ATILIO JOSE RIVAS, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 3.903.770, representado Judicialmente por su Apoderado Judicial el Abg. JOSE ELADIO ANDARA PIÑA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 167.136. Actuando con el carácter de Procurador de Trabajadores (as) del estado Trujillo; en contra de la entidad de Trabajo VENEZOLANA DE INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES CLERICO CA VINCCLER, CA, representada legalmente por el ciudadano FIDEL CLERICO y judicialmente por la abogada MILAGROS PADILLA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 63.773. SEGUNDO: No se condena en costas al d.....