declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada ciudadano José Gregorio Luque Briceño, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.794.801, asistido por el abogado Ender Leal Rojas, inscrito en Inpreabogado bajo el número 145.033, contra decisión interlocutoria de fecha 18 de febrero de 2026 proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en el cuaderno de medidas abierto con ocasión del juicio que por partición y liquidación de bienes conyugales propuso en su contra la abogada Thais Briceño, inscrita en Inpreabogado bajo el número 131.265, actuando en su condición de apoderada judicial de la demandante ciudadana Yasmín Lorena Vergara Graterol, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.542.518, contenido en el expediente número 29949 de la nomenclatura llevada por el Tribunal de la causa.
Se declara SIN LUGAR .....