En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HA LUGAR el presente Recurso de Hecho propuesto por el abogado Dervin Herrera, inscrito en el inpreabogado bajo el número 130.736, contra auto de fecha 30 de abril de 2026, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, en el expediente número 25.243, y en consecuencia se declara nulo el auto de fecha 30 de abril de 2026 que negó escuchar la apelación formulada en fecha 28 de abril de 2026 por el abogado Dervin Herrera contra la decisión de fecha 22 de abril de 2026.
Se declara NULO el auto de fecha 30 de abril de 2026, que negó la apelación formulada y se repone la causa, a los fines que el Tribunal a quo proceda de conformi.....