ECISION.
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la rectificación de acta de defunción solicitada por el ciudadano Abogado Víctor Manuel Camacho Hoyola, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.351.528, domiciliado en el Vigía, Parroquia Pulido Méndez, Municipio Alberto Adriani del estado Mérida, abogado, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 159.422.
En consecuencia, se ordena la rectificación del acta de defunción inserta por ante la Prefectura del Registro Civil del Municipio y estado Trujillo, bajo el N° 293, de fecha 26 de noviembre del año mil novecientos noventa y seis (1996), se rectifique de la siguiente manera:
1.- Donde se lee: .....