En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente Recurso de Hecho propuesto por el abogado Manuel José Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 183.953, en representación de la parte demandada sociedad mercantil Industrias Chepel, C.A, contra el auto de fecha 5 de febrero de 2026, que negó escuchar la apelación interpuesta en fecha 28 de enero de 2026, contra la decisión de fecha 26 de enero del año 2026, seguido por ante el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, por motivo de cobro de bolívares, incoado por la ciudadana Rayci de Jesús Araujo, en el expediente N.º 12833
SE ORDENA expedir por Secretaría copia certificada de la presente decisión y remitírsela con oficio a.....