este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, HOMOLOGA el presente CONVENIMIENTO en los mismos términos y condiciones a que llegaron las partes, en consecuencia: "Nosotros, los ciudadanos Adriana Rosario García, Naptaly Rosario García y Roxana Rosario García, todas venezolanas, mayores de edad, de estado civil solteras, titulares de la Cédula de Identidad N° 15.183.172, 12.358.833 y 20.705.473 respectivamente, y de sus Registros de Información Fiscal (RIF) V151831725; V123588335 y V207064735 correspondientemente, domiciliadas en jurisdicción de la Parroquia Flor de Patria, Municipio Pampán del Estado Trujillo