Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2, del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión de que fue objeto el ciudadano JOSE ESTEBAN SOTO ANDRADE, por funcionarios adscritos al Departamento Rural Nº 36, Comisaría Rural Nº 03, quienes acatando la denuncia efectuada por la victima, en el sector las Minas de san Antonio, de la Parroquia santa Isabel del Municipio Andrés Bello del Estado Trujillo, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito de Violencia Sexual Agravada delito previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y AMENAZA, delitos previstos y sancionados en los artículos 39 y 41.....