Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Penas y medidas Nº 3, del Circuito Judicial penal del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República bolivariana y por autoridad de la ley, REFORMA el CÓMPUTO DE LA PENA impuesta al ciudadano CARLOS ANTONIO RANGEL, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° 5501040, soltero, artesano, hijo de Genaro Barrios y Graciela Rangel, residenciado en la avenida principal de El Amparo, callejón 77, El Rubí, casa N° 3, Municipio San Rafael de Carvajal estado Trujillo, quien fue condenado por el juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 1 de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de DOCE AÑOS DE PRESIDIO por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, en los términos antes expuestos, de conformidad con los artículos 479 y último aparte del 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes de la presente decisió.....