Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA DESISTIDO el procedimiento de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA) intentado por el ciudadano JOSE GREGORIO SOTERANO CHIRINOS en contra del ciudadano YECHCIBEL YURUBI PALACIOS VILLEGAS y en consecuencia extinguida la instancia, pudiendo la actora volver a proponer la demanda pasados 30 días siguientes a la decisión. Así se decide.