DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano JUNIOR ANTONIO ZVARCE CANELÓN, C. I: 20.471.059 (NO LA PORTA), venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 16/05/1991, 19 años de edad, de profesión u oficio: Del Campo, estado civil: soltero, grado de instrucción: 7mo de bachillerato, hijo de Yelitza Mercedes Canelón y Samuel Antonio Zavarce, domiciliado Barrio 24 de Julio Vía Quibor, detrás del Estadio Golf Pelotero, casa de color blanco, Barquisimeto, Estado Lara, teléfono: 0426-4523788, a quien se le atribuye la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículos 277 del Código Penal. SEGUNDO: Acuerda se siga la Causa por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO previsto en el 28.....