Con fuerza en los razonamientos expuestos, quien suscribe con el carácter de Juez Titular de esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por la Dra. Dulce Mar Montero Vivas, Juez de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial, en la consulta de Habeas Corpus signada con el Nº KP01-O-2005-000008, por estar incurso en una de las causales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 en relación con el artículo 86 en su ordinal 7°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese, remítase con oficio copia certificada a la Dra. Dulce Mar Montero Vivas, y posteriormente convóquese al Juez Accidental respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barquisimeto a los 02 días del mes de Febrero de dos mil ci.....