D I S P O S I T I V A
Por todas las razones antes expuestas que este Tribunal de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE APREHENSION DE FLAGRANCIA, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y el numeral 1ro del articulo 44 de la constitución. SEGUNDO: De conformidad con el contenido de los artículos 250, 251 y 252 ejusdem., Decreta MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD contra del ciudadanos: SUGEY CAROLINA LEAL, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.747.888, de 28 años de edad, Ocupación: Comerciante, soltera, hija de Zulia leal y Padre desconocido, residenciada en: Calle entre carreras 30 y callejón 35 casa S/Nº, teléfono: 0412-0728596; YASNIEL ENRIQUE MUJICA EREÚ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.332.380, de 28 años de edad, Ocupación: Comerciante, solter.....