DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado RAFAEL JOSE SALAS BLANCO, Fiscal Auxiliar Interino de la Sala de Flagrancia del Estado Trujillo, ejercida en el asunto principal alfanumérico TP01-P-2015-021756, seguido a la ciudadana LILIETH CAROLINA ARENAS LUNA, contra la decisión dictada de fecha 17-10-2015 por el Tribunal recurrido.
Segundo: SE MODIFICA el auto recurrido, siendo procedente la imputación por el delito de Hurto Agravado de Vehículo Automotor, y revocándose la cautela impuesta por el Tribunal A quo, decretándose en su lugar la Privación Judicial Preventiva de Libertad.
Tercero: Líbrese la correspondiente Orden de Detención y se ordena la remisión de l.....