Por los razonamientos de hecho y derecho, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA: CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN de la Partida de Nacimiento N° 718, año 1.973, de la ciudadana: MARY DEL CARMEN DIAZ DE AZUAJE, inserta en los Libros llevados por la Primera Autoridad Civil de éste Municipio Boconó, Estado Trujillo; en el sentido de que se asiente en dicha Partida de Nacimiento la NOTA MARGINAL siguiente: Que aparezca en la Partida de Nacimiento 718, año 1.973, de la ciudadana: MARY DEL CARMEN DIAZ DE AZUAJE, inserta en los Libros llevados por la Primera Autoridad Civil de éste Municipio Boconó, Estado Trujillo, la fecha de nacimiento de la solicitante, así: 24 de Mayo del año 1973.- Quedando en todo caso a salvo derechos a terceros. De conformidad a las disposiciones legales, acuerda remitir sendas copias certificadas al Coordinador de Registro Civil del Municipio Boconó, Estado Trujillo; así como también al R.....