DISPOSITIVO
Como consecuencia de todo lo expuesto, este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra los ciudadanos MARTÍN ALBERTO ESCALONA y PEDRO MIGUEL BARAZARTE, ya identificados, por cumplimiento del lapso de suspensión condicional del proceso y de las condiciones cuyo cumplimiento se les impuso, durante ese tiempo, que se otorgara en el presente proceso.
Dada verbalmente en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en Trujillo, Estado Trujillo, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre de 2008, y publicada en su forma escrita, leída y agregada a los autos en la misma Sala de Audiencias, a la una y media de la tarde (1:30 a.m.) del dos (2) de diciembre de 2008, años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez,
El Secretario,
Manuel Gutiérrez.
Rubén Moreno.