DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, Declara: PRIMERO: Se decreta EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES que conforman la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta EL CESE de la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a la que encuentran sujeto los ciudadanos MIGUEL JOS RODRIGUEZ titular de la cédula de identidad Nº 25.341.608 Y LUIS ALFREDO ROJAS GRATERON, titular de la cédula de identidad Nº 17.942.643, quienes se encuentran incursos en el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICA, previsto y sancionado en el articulo 153 de la Ley Orgánica de droga, así como su condición de imputados. TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.-
LA JUEZA DE CONTROL Nº 11
ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
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