DISPOSITIVA
Por lo antes expuestos este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA, contra los ciudadanos. ALCIDES DANIEL BONILLA LEON Y CARLOS HERNANDEZ, anteriormente identificados, por la comisión del delito de Robo de Vehículo Automotor (Agravado) artículos 3,5 y 6to ordinal 1° de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo.