Por todos los razonamiento antes expuestos este Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA incoada por la ciudadana MARÍA NORMEDY ALBARRACIN GALVIS, identificada en autos, en representación de su hija NEITERDERLINE KATHERINE VOLCANES ALBARRACIN, contra el padre del mismo, ciudadano: EDIXON ENRIQUE VOLCANES.