DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Unipersonal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, apreciadas las pruebas según la libre convicción y observando las reglas de la lógica y las máximas de experiencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 367 del código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EN PRIMER LUGAR, CULPABLE al ciudadano NARVAEZ BERRIOS CARLOS JOSE, venezolano, dijo que su cedula se le perdió y que su Nº es 12.422.339, de 33 años de edad, nacido en fecha 07-03-1975, natural del Bocono, Estado Trujillo, soltero, ocupación Agricultor y ahorita carpintería, domiciliado, en Bocono, Tostó, sector las Lomas de San José, a tres cuadras de la iglesia evangélica, mas adelante comisario de campo Pacifico Ramos, hijo de Griselda del Carmen Berríos y Juan Bautista Narváez, por la comisión del delito de HOMI.....