DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARACHE, CANDELARIA Y JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ CAÑIZALEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos CARLOS AUGUSTO FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y JAQUELIN DEL VALLE RIVERO TERÁN, ambos plenamente identificados en autos.- En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído en fecha 07 de Enero de 2.002, por ante el Presidente del Concejo Municipal del Municipio Carache, Estado Trujillo, según se evidencia del acta matrimonial signada con el N° 01, que corre inserta en el folios 04 al 07 de la Solicitud.- ASÍ SE DECLARA.-
Déjese por Secretaría copia certificada del presente fallo, conforme a lo dispuesto en el ar.....